LA
POSICIÓN DE andar
Para andar es imprescindible
que los Estados y las organizaciones de la sociedad civil realicen
todos los esfuerzos necesarios para el logro del reconocimiento
jurídico y el respeto de los derechos sexuales. Se precisan,
entre otras acciones:
-
Fortalecer el reconocimiento de los derechos sexuales en los organismos
internacionales y nacionales dedicados a la defensa y promoción
de los derechos humanos. Al mismo tiempo, es necesaria la vinculación
de los derechos sexuales con otros derechos ya reconocidos en
leyes nacionales e implementar políticas públicas
en la materia
-
Proporcionar educación sexual, de manera formal e informal,
a las personas de todas las edades. Debe hacerse hincapié
en el enfoque de género y los derechos sexuales, incluida
la información sobre orientación sexual. Asimismo,
es necesario capacitar y sensibilizar a educadores y profesionales
de la salud al respecto
-
Difundir la mayor cantidad de información sobre los derechos
sexuales, con el fin de crear un entorno que apoye su ejercicio,
y desarrollar campañas que promuevan el respeto a la diversidad
sexual, ayuden a derribar estereotipos de género y combatan
la homofobia
-
Asegurar el acceso de todas las personas a la entera gama de servicios
de salud sexual de alta calidad, incluidos todos los métodos
anticonceptivos modernos, el suministro de condones masculinos
y femeninos y anticoncepción de emergencia, y la prevención,
el diagnóstico y el tratamiento de las ITS
-
Diseñar y aplicar programas que promuevan la igualdad de
género y la eliminación de la violencia contra las
mujeres
-
Garantizar que las instituciones de salud atiendan los casos en
los que se sospecha de abuso sexual o violencia y que colaboren
con las autoridades correspondientes para que estos delitos sean
perseguidos
-
Promover el desarrollo de la legislación para eliminar
la violencia sexual, incluida la violación dentro y fuera
del matrimonio, la paidofilia, el incesto y la explotación
sexual
-
Promover el desarrollo de la legislación que prohíba
la discriminación basada en la orientación sexual
y brindar mecanismos jurídicos de demanda y compensación
para quienes sean discriminados. Debe darse reconocimiento legal
a las relaciones del mismo sexo en paridad con las uniones matrimoniales
y heterosexuales
-
Alentar la investigación en instituciones públicas
y privadas para mejorar la salud sexual y reproductiva. Reunir
y analizar datos que permitan formular políticas públicas
sensibles a los derechos sexuales con perspectiva de género.
Fomentar la investigación biomédica y el desarrollo
tecnológico, que favorezcan el cuidado de la salud sexual.
Investigar los patrones socioculturales y económicos que
contribuyen a la inequidad de géneros y al descuido de
la salud sexual
Notas
1 Ver Angus McLaren, A History of Contraception. From Antiquity
to the Present Day, Cambridge, Massachusetts, Basil Blackwell, 1990,
pp. 12-41, y John M. Riddle, Contraception and Abortion from the
Ancient World to the Renaissance, Cambridge, Massachusetts, Harvard
University Press, 1994. Ver también Philippe Ariès
y Georges Duby (directores), Historia de la vida privada, Madrid,
Taurus, 1987-1989, cinco tomos.
2 Al gobierno de Luis Echeverría le correspondió dar
marcha atrás en la política poblacionista mexicana.
En 1972, el Instituto Mexicano del Seguro Social formuló
el Programa de Planificación Familiar Voluntaria, el primero
en su clase. En 1973 el Gobierno Federal reformó el Código
Sanitario para incluir la producción y distribución
de anticonceptivos. En 1974 se reformó el Artículo
4o de la Constitución para reconocer el derecho a decidir
libre, responsable e informadamente el número de hijos y
el momento de su nacimiento. Ese mismo año se reformó
la Ley General de Población y, en 1976, se expidió
su Reglamento, en consonancia con el nuevo derecho. Alfonso Sandoval
Arriaga, “La Población de México, 1910-1985”,
en Alfonso Sandoval et al., México. Setenta y cinco años
de Revolución. Tomo I, Desarrollo Social, México,
Fondo de Cultura Económica-Instituto Nacional de Estudios
Históricos de la Revolución Mexicana, 1988, p. 65
y ss.
3 La única mención a los derechos sexuales en el Programa
de Acción de El Cairo (en el apartado de las reservas de
los Estados) la formulan El Vaticano y los gobiernos de Guatemala
y la República Dominicana para oponerse a su supuesta incorporación
al texto y a la pretendida implicación de legalizar los matrimonios
homosexuales o el derecho al aborto. Programa de Acción adoptado
por la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo, El Cairo, 5 al 13 de septiembre de 1994, Estados Unidos,
Organización de las Naciones Unidas-CIPD“94, 1998,
pp. 183-89. Tanto en la Conferencia de El Cairo como en la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) y en las reuniones
de seguimiento posteriores organizadas por la ONU, El Vaticano y
varios gobiernos conservadores se han opuesto tenazmente a la admisión
de los términos “orientación sexual”,
“educación sexual”, “sexualidad”,
además del de “derechos sexuales”. La mayor oposición
se ha dirigido contra las nociones de orientación sexual
y sexualidad, en la medida en que implican la libertad y la autonomía,
especialmente de las mujeres. La oposición ha ganado fuerza
con la alianza de El Vaticano y el actual Gobierno de los Estados
Unidos de América.
4 Párrafo 7.2 del Programa de Acción adoptado por
la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo,
op. cit.
5 Párrafo 96 de la Plataforma de Acción de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 al 15 de septiembre
de 1995.
6 Ver: Ylva Bergman (editora), Breaking Through. A Guide to Sexual
and Reproductive Health and Rights, Estocolmo, ICPD-The Foundation
for the Millennium Development Goals, 2004, p. 30.
7 Ver: International Planned Parenthood Federation, Carta de IPPF
de derechos sexuales y reproductivos, Londres, IPPF, 1996, e IPPF
Charter Guidelines on Sexual and Reproductive Rights, Londres, IPPF,
1997.
8 Ver: <http://www.sexologia.com/index.asp?pagina=http://www.sexologia.com/inicio/valencia.htm>
[consulta: 08/01/2005].
9 Ver: <http://www.sexovida.com/declaracion.htm> [consulta:
08/2004].
10 Health, Empowerment, Rights & Accountability (HERA), Salud
y derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Hojas de acción,
Nueva York, HERA, s/f.
11 Ver: Letra S, La Jornada, México, núm. 26, 3 de
septiembre de 1998.
12 “Educación sexual en la primaria”, en El Universal,
4 al 6 de agosto de 1998.
13 Gillian Fawcet, et al., Detección y manejo de mujeres
víctimas de violencia doméstica, México, Population
Council, 1998 [Documentos de Trabajo, núm. 26], p. 9.
14 Ver: <www.pgjdf.gob.mx/estadisticas/vi.html> [consulta:
14/04/2003].
15 Comentarios a la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999. Prestación
de servicios de salud. Criterios para la atención médica
de la violencia familiar, México, Programa Mujer y Salud,
Secretaría de Salud, 2003.
16 Carlos Bonfil, “Homofobia y sociedad”, en Memoria
del Primer Foro de Diversidad Sexual y Derechos Humanos, México,
Nueva Generación, 1999, p. 36.
17 “Contra los crímenes por homofobia”, en Letra
S, La Jornada, México, núm. 37, 5 de agosto de 1999,
p. 12.
18 Amnesty International, Breaking the Silence. Human Rights Violations
Based on Sexual Orientation, Reino Unido, 1997, pp. 15-17.
19 Algunos ejemplos están en Letra S, La Jornada, México,
núm. 23, 5 de junio de 1998, pp. 4 y 5; y núm. 41,
2 de diciembre de 1999, pp. 6 y 7.
20 Elena Azaola, “La explotación sexual comercial de
niños”, en Gaceta de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal, México, Año VIII, núm.
11, noviembre del 2001, p. 58.
21 Idem.
22 Manuel Zozaya, “Un abuso sin fronteras”, en Letra
S, La Jornada, México, núm. 70, 2 de mayo del 2002,
p. 5.
23 Elena Azaola, Infancia robada. Niñas y niños víctimas
de explotación sexual, México, DIF-UNICEF-CIESAS,
2000.
24 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de
abril del 2000.
25 Ver: Diario Oficial de la Federación, 4 de enero y 12
de junio del 2000.
26 Congreso Mundial contra la Explotación Sexual de los Niños,
Estocolmo, Suecia, agosto de 1996.
27 Consejo Nacional de Población, Cuadernos de salud reproductiva.
República mexicana, México, CONAPO, 2000, p. 100.
28 Idem.
29 Las cifras provienen de Consejo Nacional del Sida, El SIDA en
México en el año 2000, México, CONASIDA, 2001.
30 Alejandro Brito “La epidemia invisibilizada por la homofobia”,
en Letra S, La Jornada, México, núm. 35, 3 de junio
de 1999, p. 6.
31 Idem.
32 Alejandro Brito, “Tratamientos contra el sida”, en
Letra S, La Jornada, México, núm. 70, 2 de mayo del
2002, p. 6.
33 Ver: Ana Elena Obando, La mujer detrás del cuerpo y el
derecho, en <http://www.whrnet.org/docs/perspectiva-obando-0304.htm>
[consulta: 15/08/04].
34 Ibid.
La Alianza Nacional por el Derecho a Decidir, andar, es un esfuerzo
que vincula a organizaciones y personas, principalmente de los ámbitos
de la salud, el derecho y la educación, con el propósito
de fortalecer el ejercicio de los derechos sexuales y los derechos
reproductivos de todas las personas de México.
www.andar.org.mx
tel. 52-11-80-82 |